martes, junio 10, 2008

Dura crítica a situación carcelaria bonaerense en fallo de un tribunal

Un fallo condenatorio del Tribunal Oral IV de La Plata, capital de la provincia argentina de Buenos Aires, incluyó en sus fundamentos una dura crítica a la realidad de un buen número de las cárceles de la jurisdicción.

El fallo lamentó los hechos de sangre que con frecuencia se producen detrás de las rejas de una prisión donde, en la teoría, es el Estado a través de la institución penitenciaria quien vigila y custodia a los presos que aloja en su jurisdicción.

Si bien la argumentación se circunscribió a la situación de las cárceles bajo dependencia del Servicio Penitenciario bonaerense (SERPENBA), la crítica judicial alcanza sin esfuerzo a muchas cárceles argentinas y de Sudamérica.

“La regla es la del no te metás, omisión de colaboración, falta de compromiso con el igual y con la institución”, señalaron los jueces Emir Caputo Tártara, Gloria Berzosa y Juan Carlos Bruni al condenar a un preso reincidente de, entre otros crímenes, matar a otro en el pabellón carcelario.

Todo surgió del fallo del Tribunal Oral IV de La Plata que condenó días atrás a treinta años de reclusión más accesorias por tiempo indeterminado a un imputado de dos crímenes, uno perpetrado mientras estaba en libertad y el restante como detenido en la cárcel de Olmos, Unidad 1 del (SERPENBA).

La sentencia afirmó que “el 19 de septiembre de 2001, a las 0.30, en el pabellón de máxima seguridad Nº 3, de la Unidad 1 de Olmos, el condenado infirió heridas en la región toráxica a otro interno con un elemento punzo-cortante de fabricación casera -fierro, faca o lanza- que le produjeron la muerte”.

Tras esta imputación el juez Caputo Tártara -a cuyo voto adhirieron los otros magistrados-, consideró que en las cárceles de la provincia están instalados el descuido, la “falta de colaboración” y el “no te metás”, que favorece la perpetración de ilícitos y crímenes atrás de las rejas. Caputo Tártara se quejó de tener que “juzgar una vez más hechos de sangre ocurridos en el seno de una unidad carcelaria bonaerense". La regla constante es la del “no te metás, omisión de colaboración, falta de compromiso con el igual y con la institución”, opinó el tribunal.

“En un alto porcentaje los integrantes del pabellón o autoridades duermen o están muy concentrados en sus labores específicas y nada pudieron percibir” ironizó luego el juez, para remarcar su disconformidad con el estado de situación. Más que suficiente para que el ministro de Justicia y la jefatura del SERPENBA se revuelquen incómodos en sus sillones.

Según su experiencia al investigar estos episodios el juez relató que “los internos hacen círculo alrededor de los contendientes a los que identifican o conocen mejor que a su propia familia: son las reglas del mundo carcelario, entendibles o comprensibles -aunque no aceptables- en atención a la vigencia de parámetros diversos de los de la vida extra muros, donde la autoridad brilla por su ausencia”, subrayó el magistrado.

El tribunal, a pesar de la crítica al sistema penitenciario bonaerense, igualmente adhirió a la petición del fiscal Carlos Gómez imponiendo al condenado la declaración de reincidente y las accesorias por tiempo indeterminado establecidas por el artículo 52 del Código Penal “en atención a la existencia de cuatro penas privativas de la libertad, siendo al menos una de ellas superior a tres años de prisión”. Por esto el condenado deberá cumplir la totalidad de la condena sin beneficios de libertad y salidas anticipadas.