domingo, junio 04, 2006

Informe de la CIDH sobre las cárceles cubanas


La situación de las cárceles cubanas, a cuya realidad ha sido y es difícil acceder ante las prohibiciones abiertamente impuestas por el férreo régimen cubano, merecieron este año un nuevo capítulo en el Reporte Anual 2005 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos(CIDH) de la Organización de Estados Americanos(OEA).

Como siempre cuando de Cuba se trata, las graves violaciones a los derechos humanos -fuera y dentro de las cárceles- no sensibilizan a la mayoría de los gobiernos, políticos y medios, por lo que bucear en esos pliegues de la isla tiene como destino chocar frontalmente contra los muros de la ideología.

Por lo anterior, es de lo más valioso el informe sobre la situación en las cárceles cubanas, formulado por un organismo internacional especializado e irreprochable en el tratamiento del tema como la CIDH. A continuación, los pasajes más salientes del Reporte Anual referido al año anterior, intentando desentrañar los muchos secretos de las prisiones de Cuba.

El capítulo ´Condiciones de Detención´ del reporte sobre las prisiones de Cuba señala que “la Comisión recibió información respecto a las duras condiciones carcelarias de la mayoría de presos en Cuba y, en especial, de los disidentes políticos detenidos.

En la mayoría de los casos sólo se permite una visita familiar al mes y en otros una cada tres meses, sin que medie un criterio determinado. También -agrega el informe- se informó que cuando los familiares llegan a la visita en cárceles lejanas luego de esperar semanas, no se les permite entrar y se ven obligados a volver a su casa y esperar un mes más sin explicación. En el caso de Miguel Galván, de 36 años, minusválido sin más familia que su hermana, sólo le permiten una visita cada tres meses en ocasiones negada.

La Comisión -continúa- reitera su preocupación frente a la práctica de trasladar a los condenados a celdas de aislamiento en zonas de castigo de prisiones de alta seguridad, localizadas en zonas distantes de sus domicilios, con escasa o ninguna ventilación e iluminación, sin camas, visitas y atención médica adecuada. Dicha práctica es considerada como una pena adicional para los reclusos, toda vez que obstaculiza el acceso tanto de la familia como de sus representantes legales.

La atención médica es deplorable y la Comisión ha recibido información de que, debido al prolongado y severo internamiento carcelario, la salud de varias decenas de presos políticos continua empeorando de forma alarmante.

Asimismo, la CIDH nota con preocupación que los presos políticos que denuncian o se niegan a acatar las reglas de las prisiones, son castigados con largos períodos de confinamiento en celdas de aislamiento, maltratos físicos, restricción de visitas y falta atención médica, entre otras medidas.

Disidentes en prisión
La Comisión continúa recibiendo información respecto a las precarias condiciones en que se encontraría el grupo de 75 disidentes cubanos, condenados en abril de 2003. La mayoría fueron deliberadamente encarcelados en prisiones alejadas de sus lugares de residencia, se les restringió las comunicaciones telefónicas y la correspondencia, se les inflingieron malos tratos y fueron confinados en régimen de aislamiento. Adicionalmente, -se agrega- la Comisión ha sido informada sobre actos de acoso y hostigamiento en contra de los familiares de los condenados.

La Comisión se ha referido en varios de sus informes a las condiciones de detención en Cuba, para señalar que de conformidad con la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre todo individuo tiene derecho a un tratamiento humano durante la privación de su libertad y ha sido reiterativa en el sentido que todo privado de libertad tiene derecho a condiciones de detención compatibles con su dignidad personal, mientras el Estado debe garantizarle el derecho a la vida y la integridad personal.

La Comisión -sigue- ha sostenido reiteradamente que en Cuba no existe separación de los poderes públicos, por lo que no existe garantía de administración de justicia libre de injerencias provenientes de los demás poderes. La Comisión observa que la subordinación de los tribunales al Consejo de Estado, encabezado por el Jefe del Estado, representa una dependencia directa del Poder Judicial a las directrices del Ejecutivo. Bajo este esquema, la Comisión estima que los tribunales cubanos no garantizan efectivamente los derechos de los procesados consagrados en la Declaración Americana, la que establece que todo ser humano tiene derecho a la libertad y nadie puede ser privado de ella sino en los casos y las formas establecidas por leyes preexistentes.

Notificaciones
El 6 de enero de 2006 la Comisión envió al Estado de Cuba este informe para sus observaciones. El 24 de enero la Comisión recibió una nota suscripta por el Jefe de la Sección de Intereses de Cuba en Washington, la cual expresó que “la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no tiene competencia, ni la OEA autoridad moral para analizar este, ni ningún otro tema sobre Cuba.”

Sin embargo la CIDH -explica- siempre consideró que el propósito de la OEA al excluir al gobierno de Cuba –no a su Estado- del sistema interamericano no fue dejar sin protección al pueblo cubano; la exclusión de este Gobierno del sistema regional no implica de modo alguno que pueda dejar de cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

La competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para observar la situación de los derechos humanos en Cuba se deriva de los términos de la Carta de la OEA, su Estatuto y su Reglamento. Cuba es un Estado parte desde el 16 de julio de 1952.

Finalmente, la CIDH ha observado y evaluado la situación de los derechos humanos en Cuba durante el año 2005 recibiendo, en especial, información sobre violaciones a una larga lista de derechos, pero -aclara- hace expresa referencia a la necesidad de que las sanciones económicas y comerciales impuestas contra el Gobierno de Cuba sean eliminadas, porque profundizan las restricciones al disfrute de los derechos del pueblo cubano.

La situación de los derechos humanos en Cuba, fuera y dentro de las cárceles, para reflexionar. Con cada noticia.-

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