lunes, marzo 03, 2008

Sorpresa: fallo en Argentina autorizó sindicalización de penitenciarios

Un juez civil autorizó a los agentes penitenciarios de la provincia argentina de Córdoba a gestionar la sindicalización de su actividad, al resolver un recurso de amparo de un grupo de efectivos del servicio penitenciario del distrito.

La sentencia judicial de primera instancia, dictada días atrás, aclara que se autoriza a crear un gremio de penitenciarios, pero sin la facultad de apelar a medidas de fuerza para reclamar por sus derechos laborales.

El juez en lo Civil y Comercial, Aldo Novak, consideró que la agremiación es “un derecho humano” y calificó como “irrazonable” prohibir el ejercicio de ese derecho. En la Argentina no existe antecedente de agremiación del personal de fuerzas de seguridad y penitenciarias.

La sentencia fue difundida por el sitio web “Diario Judicial”, fuente de esta información, y ella descarta que la sindicalización del personal de fuerzas de seguridad altere la prestación normal del servicio, ya que ello no habilita a los trabajadores a “cuestionar la cadena de mandos, la estructura jerárquica y las órdenes operativas” puntualiza, en este caso para la gestión de las cárceles.

En cambio, subraya como argumento que “debe tenerse en cuenta al respecto que han existido acuartelamientos de personal de seguridad o un cruento motín en un establecimiento de esta ciudad, que no han sido consecuencia de actividad sindical sino que, por el contrario, posiblemente no se hubiera producido de existir entidades gremiales que canalicen los reclamos colectivos del personal con los límites y alcances que corresponde establecer”, precisa el fallo.

Por otra parte, advierte la resolución que la provincia de Córdoba “carece de competencia legislativa para prohibir el ejercicio de un derecho reconocido por la Constitución Nacional” como es el de la sindicalización, a lo que agrega que las leyes sobre “el trabajo y la seguridad social son competencia del Congreso Nacional” por lo que la provincia no puede avanzar en ese terreno legislativo.

Finalmente sostiene como argumento central y definitivo de la resolución dictada que “los derechos sociales incorporados a la Constitución Nacional, entre los que se encuentran el derecho de todo trabajador a la sindicalización, son considerados derechos humanos básicos” subrayó el magistrado.

El recurso de amparo fue iniciado en setiembre del año anterior por una agente del servicio penitenciario provincial, que fue pasada a retiro por volantear panfletos denunciando supuestos abusos laborales. Otros efectivos adhirieron al pedido de amparo.

El recurso reclamó el reconocimiento de la agremiación para los agentes del servicio penitenciario de la provincia de Córdoba y puso como antecedentes a los sistemas penitenciarios donde funciona la sindicalización, entre otros los de España, Alemania, Estados Unidos, Australia, Inglaterra, Francia, Bélgica, Luxemburgo, India, Israel y Uruguay.
Si bien la agremiación de efectivos de fuerzas de seguridad ni siquiera todavía ha sensibilizado la pauta cultural de la ciudadanía de Centro y Sudamérica -salvo Chile-, por lo que todavía está fuera de cualquier análisis, la decisión del juez cordobés es un primer antecedente institucional que se acerca a la corriente del pensamiento de los países avanzados que permite agremiar a sus agentes de seguridad: tarde o temprano esta modalidad estará sobre las mesas de discusión en esta región del mundo.
Y no es el único tema esencial que llegará a estos lugares para ser discutido: el de la gestión de cárceles privadas también llegará al terreno de estudio. Por más que hoy aparezca muy lejano.
Ilustración: mapa de la provincia de Córdoba, una de las centrales del territorio de la República Argentina.