Consejo desaconsejado
Todo indica que el miércoles la Cámara de Diputados de la Nación podría aprobar la reforma del Consejo de la Magistratura por el voto afirmativo de la mitad más uno de sus miembros. Si esto se consumara, la Argentina sufrirá un nuevo retroceso institucional.
Porque, entre otras consecuencias que asociará esa decisión, habrá un nuevo deterioro para la legitimidad de la Justicia.
Prisiones y Penas ya ha señalado que esa legitimidad está cuestionada cuando la gente tiene dudas sobre su sistema judicial. Y en la Argentina la gente tiene dudas sobre su sistema judicial.
Entre los cuestionamientos se enfoca el proceso de designación de los jueces y el de la investigación de su conducta. Es precisamente la misión que la reforma constitucional de 1994 dio al Consejo de la Magistratura: entender, con el designio de transparentar, el proceso de nombramiento y remoción de los jueces y la administración del Poder Judicial.
La reforma propuesta para ser votada por los diputados pasado mañana enflaquece las garantías que debe asociar la selección y destitución de quienes reciben la delicada facultad de hacer justicia, al volcar sobre el ala política del Consejo de la Magistratura el poder de las decisiones. Más precisamente al volcar sobre la representación de la mayoría política en el organismo, esto es el oficialismo en turno, el poder de las decisiones.
Porque la esencia de la reforma pretende reducir el número de sus actuales 20 integrantes a 13 miembros, lo que no sería preocupante si ese recorte preservara el equilibrio. En cambio, la modificación propuesta reduce todas las representaciones en el Consejo de la Magistratura menos la de signo oficialista.
Es decir mantiene los dos senadores y dos diputados del oficialismo; también la figura del representante del Poder Ejecutivo en el organismo; reduce de dos a uno el número de senadores y diputados por la oposición; suprime la figura del presidente de la Corte Suprema –hasta ahora titular del Consejo-; baja de cuatro a tres la cifra de jueces; de dos a uno el integrante académico y de cuatro a dos los representantes de los abogados.
La modificación no mejora el funcionamiento del organismo. Si como se pregona logra agilizar sus tiempos, ese beneficio es una anécdota.
Una nadita cuando en la práctica la nueva composición del Consejo de la Magistratura facilitará al oficialismo, cualquiera sea, con cinco votos asegurados, el poder de veto sobre la designación y remoción de los magistrados.
Es lo contrario de lo que necesita la Justicia cuestionada en su legitimidad. Porque asociará más dudas de la gente sobre el funcionamiento de su sistema judicial.
No es tampoco lo que precisa el país. Menos todavía lo que sugeriría una auténtica vocación republicana que postula la independencia de los tres poderes.
Porque todo acto que en sus consecuencias contribuye a la acumulación institucionalizada –es decir legal- de poder, es un deterioro para la república.
Y la reforma a la ley de constitución del Consejo de la Magistratura es una potencial nueva vía de acceso a la injerencia del Poder Ejecutivo al Poder Judicial. Un retroceso institucional.-
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